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Acreditación ante la UIF de las empresas Medianas o Grandes Contribuyentes

Acreditación ante la UIF de las empresas o sociedades contempladas como Medianos o Grandes Contribuyentes

CIRCULAR No. 01/UIF/2017

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 8 del Instructivo de la Unidad de Investigación Financiera para la Prevención del Lavado de Dinero y de Activos vigente, relacionado con el proceso de Acreditación de sujetos obligados, y  en adición a lo dispuesto en la circular   No. 01/UIF/2016, de fecha 16 de septiembre de 2016;   y en consideración que está próximo a vencer el plazo del 31 de marzo y 30 de junio, ambas fechas de 2017, para la Acreditación ante la UIF de las empresas o sociedades contempladas como Medianos Grandes Contribuyentes; así como la de otros sujetos obligados que aparecen detallados en el artículo 2 de la ley, distintos a los Sectores Financiero y APNFD.

Se ACUERDA: que los sujetos en mención que no completen el proceso de Acreditación ante la UIF en el plazo establecido, esto no será causal para que los Bancos u otras Instituciones Financieras no aperturen o procedan a la cancelación de cuentas activas, pasivas o de servicio; ya que será la Unidad de Investigación Financiera la que iniciará las acciones que correspondan, según cada caso en particular.

Se reitera que los Partidos Políticos, las Organizaciones No Gubernamentales, Asociaciones y Gremiales Empresariales no se someterán al proceso de Acreditación; no obstante, estas deberán registrarse ante la UIF, nombrar y registrar a una persona titular y suplente para la debida diligencia, proceso que debe realizarse en línea en la plataforma tecnológica de la UIF.

San Salvador, 17 de marzo de 2017

Fuente: www.uif.gob.sv

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