Prorroga entrada en vigencia Instructivo (UIF A380)



Acuerdo 618:

1) Otorgar el plazo de seis meses de prórroga para la entrada en vigencia del "INSTRUCTIVO PARA LA PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE DINERO Y DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y LA FINANCIACIÓN DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA", contenido en el Acuerdo N.° 380, de fecha veintidós de octubre del dos mil veintiuno, publicado en el Diario Oficial No. 205, Tomo 433 de fecha 27 de octubre de 2021:
a) La presente prórroga no aplica en lo dispuesto en el título II, Capítulo IV, artículos del 24 al 26 relativo a Medidas sobre el Inicio o Continuidad de las Relaciones Contractuales con Clientes o Contrapartes, el cual surte plenos efectos a partir del 06 de diciembre del presente año.
b) La prórroga no será aplicable al plazo otorgado a la Unidad de Investigación Financiera y a los sujetos obligados para elaborar los desarrollos tecnológicos establecidos en los artículos del 85 al 91 del nuevo Instructivo, en vista que ya establece un plazo de seis meses para la elaboración de los desarrollos tecnológicos correspondientes.

2) La prórroga del plazo de seis meses empezará a contar del día siete de diciembre del año 2021 y finalizará el día 6 de junio del año 2022.

 

3) Comuníquese a los sujetos obligados y a las autoridades competentes.

 

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