Instructivo UIF para prevención lavado de dinero y activos A380-2021



Fiscalía General de la República, acuerdo 380/2021 denominado:

"Instructivo para la prevención, detección y control del lavado de dinero y de activos, financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva"

 

Sujetos obligados:

Las disposiciones contenidas en el presente instructivo son de estricto cumplimiento para los sujetos obligados en comprendidos en la el articulo 2 de la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos LCLDA

 

Derogatoria:

Con la entrada en vigencia del presente instructivo se deroga el instructivo de la Unidad de investigación financiera para la prevención del lavado de dinero y activos y su apéndice 1 que fue publicado en el diario oficial el 01 de julio de 2013, así mismo se derogan las circulares:

Sobre el registro, acreditación y exoneración de requisito de sujetos obligados

 

Vigencia:

El presente instructivo entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el diario oficial

 


2 respuestas a «Instructivo UIF para prevención lavado de dinero y activos A380-2021»

Buenos días: quisiera saber a que se refiere cuando hablan de los beneficiarios finales si le piden esa información a uno como proveedor de servicios

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