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Instructivo UIF para prevención lavado de dinero y activos A380-2021
Fiscalía General de la República, acuerdo 380/2021 denominado:
"Instructivo para la prevención, detección y control del lavado de dinero y de activos, financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva"
Sujetos obligados:
Las disposiciones contenidas en el presente instructivo son de estricto cumplimiento para los sujetos obligados en comprendidos en la el articulo 2 de la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos LCLDA
Derogatoria:
Con la entrada en vigencia del presente instructivo se deroga el instructivo de la Unidad de investigación financiera para la prevención del lavado de dinero y activos y su apéndice 1 que fue publicado en el diario oficial el 01 de julio de 2013, así mismo se derogan las circulares:
- 01/UIF2016 y 02/UIF/2016 de fecha 16 septiembre 2016
- 01/UIF/2017 de fecha 17 marzo 2017
- Comunicado UIF de fecha 10 diciembre 2015
- Comunicado UIF de fecha 18 marzo de 2016
Sobre el registro, acreditación y exoneración de requisito de sujetos obligados
Vigencia:
El presente instructivo entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el diario oficial
2 respuestas a «Instructivo UIF para prevención lavado de dinero y activos A380-2021»
Gracias por publicar este contenido!
Buenos días: quisiera saber a que se refiere cuando hablan de los beneficiarios finales si le piden esa información a uno como proveedor de servicios