Para que el decreto legislativo 635/2020 que contenía prorrogas de presentacion y pago de obligaciones tributarias cuyo vencimiento era el 30 de abril, este decreto debía ser sancionado por el Presidente de la República, y posteriormente publicado en el Diario Oficial para que entrase en vigencia.
El decreto 635/2020 no fue sancionado, por lo tanto ha sido vetado y devuelto a la Asamblea Legislativa
Veto presidencial de fecha 04Mayo2020
Por lo que en caso de que no hubiere presentado la declaración de impuesto sobre al renta 2019 o no haya cumplido con alguna obligación formal establecida en el decreto 635/2020, lo aconsejable es esperar a que se dé un nuevo decreto y este sea publicado en el Diario Oficial a fin de tener seguridad jurídica de su vigencia.
2 respuestas a «Veto al decreto 635/2020»
Me parece una forma practica y sobre todo económica para mantenerse informado, es una buena inversión!
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Se ve ridículo que el presidente justifique el veto, con base en la CN, si para el esa Ley primaria no tiene valor, y prueba de ello es que existen unos habeas corpus que nunca quiso atender.