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F983 Informe de inventario físico

El informe f983 una obligación tributaria formal, exclusiva para contribuyentes que establece el articulo 142 del Código Tributario, hasta el año 2020 cuando se presento el informe de inventario del ejercicio fiscal 2019, se realizo mediante el aplicativo del Sistema DET. Para presentar el inventario final de ejercicio fiscal 2020 se deberá realizar mediante la plataforma web del Ministerio de Hacienda.

Diferencias entre F983 versión DET y F983 en linea

A continuación te muestro las diferencias entre la versión DET y la versión en linea.

RequisitosF983 Versión DETF983 Aplicativo Web
Descripción del bienSISI
Código Inventario del bienNOSI
Unidad de MedidaSISI
Inventario InicialNOSI
Compras unidadesNOSI
Ventas unidadesNOSI
Inventario finalSISI
Costo unitarioSISI
Categoría del bienSISI
Referencia en librosSISI
NIT del Contribuyente / Rep. LegalNOSI
NIT del ContadorNOSI
Comparativo F983 versión DET con la versión aplicativo web

Base legal Informe F983 Inventarios

Articulo 142, inc 5 del Código Tributario.

Obligados a presentar informe de Inventario F983

Contribuyentes con ingresos iguales o superiores a dos mil setecientos cincuenta y tres salarios mínimos mensuales.

Cuando se presenta el informe de Inventario F983

Se presenta durante los dos primeros meses del año

Responsables de firmar el informe F983 Inventario

Contribuyente / Representante Legal o Apoderado y el Contador

Multa por no presentar el informe F983 de Inventarios

No presentar o presentar fuera del plazo legal establecido o por medios distintos a los establecidos por la Administración Tributaria, el formulario y el detalle del inventario físico practicado de cada uno de los bienes inventariados y la valuación de los mismos. Sanción: Multa equivalente al cero punto cinco por ciento sobre el patrimonio o capital contable que figure en el balance general menos el superávit por revalúo de activo no realizado, la que no podrá ser inferior a nueve salarios mínimos mensuales. Art. 243 Cód. tributario.

Calculo de salarios mínimos para efectos del F983

Para realizar el calculo de los 2753 salarios mínimos que requiere el articulo 142 del Cód. Tributario para estar obligado a presentar el F983 Informe de inventarios, se deberá aplicar lo dispuesto en el Art. 228 del Cód. Tributario. “Salario Mínimo Mensual de 30 días”

Plazo para presentar el F983 informe de inventarios

De acuerdo al Articulo 142 del Cód. Tributario su vencimiento es el ultimo día del mes de febrero, pero si el ultimo día de febrero es día inhábil, esta obligación formal se pasa para el día hábil siguiente.

Ejemplo: 28 de febrero de 2021, es día inhábil, por lo tanto la obligación de presentar el F983 con el inventario final del ejercicio fiscal 2020 se traslada al 01 de Marzo de 2021, lo anterior esta sustentado en el Art. 10 del Cód. Tributario.

Como presentar el F983

El informe de inventarios F983 a partir del ejercicio fiscal 2020, se realizara por medio de la plataforma web del ministerio de hacienda, cargando un archivo de excel en formato csv.

4 respuestas a «F983 Informe de inventario físico»

Agradezco toda la ayuda que nos dan con sus informaciones tan a tiempo y sobre todo la claridad con la que la imparten, bien documentada y respaldada.

Que pasa con las empresas que un mes superan los ingresos de los 2,753 salarios mínimos y en otro mes están por debajo de esos ingresos, ¿siempre nace la obligación de presentar el F983?

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