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DL 521/2019 Amnistía Fiscal
Ley Especial y transitoria que otorga facilidades para el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y aduaneras
Concedese un plazo de 8 meses contados a partir de la vigencia del presente decreto, con la finalidad de que los sujetos pasivos (contribuyentes) administrados por la DGII y la DGA efectúen el pago de los tributos originales o complementarios que adeuden al Fisco de la República.