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10 Preguntas y respuestas frecuentes Norma de Educación Continuada

Resolución CVPCPA 328/2019 Norma de Educación continuada

  1. Vigencia de la Norma de Educación continuada emitida por el CVPCPA

    La entrada en vigencia de la Resolución 328/2019 Norma de educación continuada emitida por el Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoria a partir del 11 de febrero de 2020. deja sin efecto la Resolución 139/2018

  2. Temática obligatoria a acreditar horas de Educación Continuada

    Tanto como contador ó auditor inscrito en el CVPCPA deberá acreditar mínimo 4 Horas de educación continuada en Ética profesional

  3. Existe algún tipo de exoneración para horas de Educación Continuada

    El CVPCPA podrá exonerar el cumplimiento de horas de educación continuada por 1)Padecimiento de enfermedades crónicas en fases avanzadas; 2)Casos fortuitos o de fuerza mayor; 3)Inhabilitados voluntariamente o por ministerio de ley

  4. A partir de que fecha debo iniciar a acreditar horas de educación continuada

    El control de horas de educación continuada inicia desde la fecha de vigencia de la credencial de auditor ó contador

  5. Quienes están obligados a cumplir con la Norma de Educación Continuada

    1)Quienes ejerzan la función de auditoria; 2)Quienes ejerzan la función de contabilidad; 3)Personal técnico que labora en firmas de contabilidad y de auditoria; 4)Gremiales de contaduría publica que suscriban convenios con el CVPCPA; 5) Entidades educativas superiores nacionales e internacionales, que suscriban convenios con el CVPCPA; 6)Las firma de auditoria y las firmas de contabilidad que suscriban con el CVPCPA contratos de servicios con la finalidad de promover la educación continuada; 7)Las entidades de gobierno con las que el CVPCPA suscriba contratos de servicios con la finalidad de promover la educación continuada; 8)Los profesionales que se registren como capacitadores.

  6. Cuantas horas de educación continuada debo cumplir en el año

    Los auditores y contadores inscritos en el CVPCPA deberán cumplir cada año un mínimo de 40 horas de educación continuada acreditables, de las cuales 4 deberán ser sobre ética profesional

  7. Proporcionalidad de horas educación continuada para el primer año de autorización

    Las horas de educación continuada mínimas se podrán realizar en forma proporcional durante el primer año de la autorización como contador ó auditor tomando como base los meses del año posteriores al mes de juramentación.

  8. Me sancionaron económicamente debo cumplir aún las horas de educación continuada

    Las sanciones económicas no eximen a los contadores y auditores de cumplir con el programa de educación continuada normada por el CVPCPA

  9. El personal técnico de mi firma de auditoria o contabilidad debe cumplir con las horas de educación continuada

    El personal técnico que labora en las firma de contabilidad ó auditoria deberán cumplir con el mismo numero de horas de educación continuada que se le requiere a loa contadores y auditores inscritos en el CVPCPA.

  10. Instituciones que pueden impartir la educación continuada

    Las instituciones autorizadas por el CVPCPA a)Gremiales de la contaduría publica; b)Entidades educativas superiores nacionales e internacionales; c)Entidades gubernamentales, mediante la suscripción de contratos de servicios, limitado a la educación continuada a sus empleados y funcionarios; d)Las firmas de auditoria y las firmas de contabilidad mediante la suscripción de servicios de educación continuada.

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