Decreto Legislativo 831/2017 Exención de Impuesto sobre la renta aguinaldos 2017 hasta 2 Salarios Mínimos.
Articulo 1: No obstante lo dispuesto en la Ley de Impuesto Sobre la Renta y el Código Tributario, para el corriente año (2017) se exime de la retención y pago del Impuesto Sobre la renta los INGRESOS que en concepto de aguinaldo reciban los trabajadores a que se refiere el código de trabajo y la ley de compensación adicional en efectivo, hasta un monto no mayor a dos salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios ($600.00).
Aquellos aguinaldos que sobrepasen el monto a que se refiere el inciso anterior, serán sujetos a la retención y al pago de Impuesto sobre la renta, deduciendo los dos salarios mínimos a que se refiere este articulo.
Articulo 2: El presente decreto entrara en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
San Salvador, 8 de Noviembre de 2017.
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