Actualización de los criterios para la clasificación de las carteras de contribuyentes
El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos, comunica a sus administrados la actualización de los criterios para la clasificación de las carteras de contribuyentes, vigentes a partir del 20 de noviembre de 2015.
Lo anterior, con base al Art. 23 literal a) del Código Tributario, el cual establece que una de las funciones básicas de la Administración Tributaria es “El registro, control y clasificación de los sujetos pasivos en función de su nivel de ingresos, actividad económica y cualquier otro criterio que permita a la Administración cumplir eficazmente con su gestión”. Esta función se realizará periódicamente, para mantener una clasificación de carteras de contribuyentes lo más realista y actualizada posible.
Es importante aclarar, que los contribuyentes con actividades económicas Venta de Combustibles y Lubricantes, y Bolsas, Comisionistas de Bolsas y Corredores de Valores, mantendrán la categoría de contribuyente que ostentan actualmente.
Clasificación de Grandes contribuyentes
Para ser clasificado como Gran Contribuyente debe de cumplir por lo menos con uno de los siguientes criterios:
N° | CRITERIOS | MONTOS ANUALES |
1 | Pagos de impuestos1/ | Mayores a US$1,000,000.00 |
2 | Suma de Ventas IVA | Mayores a US$14,000,000.00 |
3 | Compras Totales IVA | Mayores a US$12,000,000.00 |
4 | Rentas Gravadas | Mayores a US$10,000,000.00 |
5 | Total de Costos y Gastos de Operación (declarados en Renta) | Mayores a US$9,000,000.00 |
6 | Retenciones y/o Percepciones | Mayores a US$50,000.00 |
7 | Ganancias Netas | Igual o Mayor a $500,000.00 |
1/: La variable relacionada a los Pagos de impuestos realizados en las diferentes colecturías de bancos y en la
Dirección General de Tesorería incluye entre otros, la sumatoria de: IVA Interno, IVA Importación, Renta Declaración,
Retenciones de Renta, Pago a Cuenta e Impuestos Específicos.
Clasificación de Medianos Contribuyentes
Para ser clasificado como Mediano Contribuyente debe de cumplir por lo menos con uno de los siguientes criterios:
N° | CRITERIOS | MONTOS ANUALES |
1 | Pagos de impuestos 1/ | Desde US$100,000.01 hasta US$1,000,000.00 |
2 | Suma de Ventas IVA | Desde US$4,000,000.01 hasta US$14,000,000.00 |
3 | Compras Totales IVA | Desde US$3,000,000.01 hasta US$12,000,000.00 |
4 | Rentas Gravadas | Desde US$1,500,000.01 hasta US$10,000,000.00 |
5 | Total de Costos y Gastos de Operación (declarados en Renta) | Desde US$1,500,000.01 hasta US$9,000,000.00 |
6 | Retenciones y/o Percepciones | Desde US$25,000.01 hasta US$50,000.00 |
1/: La variable relacionada a los Pagos de impuestos realizados en las diferentes colecturías de bancos y en la
Dirección General de Tesorería incluye entre otros, la sumatoria de: IVA Interno, IVA Importación, Renta Declaración,
Retenciones de Renta, Pago a Cuenta e Impuestos Específicos.
Clasificación de Otros Contribuyentes
Los contribuyentes clasificados como Otros dentro de la nueva clasificación de carteras, serán aquellos que no cumplan con los criterios establecidos para los Grandes y Medianos Contribuyentes.
Fuente: www.mh.gob.sv