NSP19 Normas Técnicas Para La Gestión de la Mora Previsional e Inconsistencias en el SAP



Las presentes Normas tienen como objeto regular el procedimiento a seguir para el tratamiento y depuración de las omisiones e inconsistencias en las declaraciones y pago de las cotizaciones previsionales que se puedan presentar, así como el procedimiento a seguir para ejecutar las acciones de cobro tanto administrativo como judicial que podrían derivar de las mismas.

 

Plazo del pago de las cotizaciones

La declaración y pago deberá efectuarse dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente a aquel en que se devengaron los ingresos afectos, o aquel en que se autorizó la licencia médica por la entidad correspondiente, en su caso.

Las AFP mantendrán en la cuenta “Cotizaciones Pendientes de Cobro” las planillas con insuficiencias y las declaradas y no pagadas, planillas con inconsistencias y omisiones, de acuerdo a lo establecido en el “Manual de Contabilidad para los Fondos de Pensiones” (NSP-01), en el Fondo de Pensiones “Conservador”, y cuando se realice la recuperación de las mismas, los montos respectivos serán transferidos a las cuentas individuales de los Fondos de Pensiones que correspondan.


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